Por Sergio Ramírez
Hace algún tiempo una persona me contactó para que la defendiera en un procedimiento ejecutivo mercantil, como es costumbre del lugar en el que trabajo, la cité para una asesoría y revisión de documentos, mi sorpresa fue que habían pasado más de quince días hábiles después de que le habían notificado la demanda, con mucho pesar le comenté que el tiempo que le habían otorgado para defenderse de demanda o bien allanarse a ella había fenecido, me comentó que tuvo mucho trabajo y situaciones familiares por las cuales hasta ese día pudo hacerse cargo de la demanda en cuestión, afortunadamente la persona no se negaba a pagar lo debido y con la atención de los abogados de quien le demandó, se pudo llegar a un acuerdo para pagar en parcialidades el adeudo adquirido.
La historia anteriormente contada se repite una y mil veces dentro de los procedimientos jurisdiccionales en el país llámese como se llame el juicio; ejecutivo mercantil, oral mercantil, ordinarios civiles o juicios familiares y no siempre termina con un convenio en el que ambas partes estén contentas con el mismo.
Me gusta definir los términos judiciales se pueden definir como el lapso que otorga la ley para ejercer derechos dentro de los procedimientos jurisdiccionales y no hay situación o pretexto alguno por el que estos puedan hacerse más largos y mucho menos, más cortos, es decir son completamente improrrogables, es por eso por lo que si tienes un asunto judicial en marcha tomes en cuenta dichos términos y no te pases del tiempo otorgado para ejercer tus derechos.
Es ideal que tomes en cuenta dichos términos para la calidad y resultado de tus defensas en juicio, ya que no será lo mismo para tu abogado (de confianza) tener una semana o dos para trabajar en tu asunto, que tener 24 horas o menos para realizar el escrito o preparar una audiencia y el resultado puede ser el menoscabo en tu defensa, recuerda también que muchas veces tu abogado tiene agendado su día para dedicarle tiempo a cada uno de los asuntos que lleva y si tiene que hacer espacio extra en su agenda para realizar con urgencia un escrito o la preparación de una audiencia, el precio que te cobre por hacerlo será más elevado que si hubiese podido hacer un espacio con tiempo.
Estimado lector, siempre aconsejo a mis clientes que lean y en compañía de su abogado comprendan lo que los escritos judiciales quieren decir, letra por letra, palabra por palabra, porque solamente de ese modo podrás estar seguro y tranquilo de que el ejercicio de tus derechos en un procedimiento jurisdiccional se hará en el término establecido para ello.
No olvides que tu abogado (de confianza) se ha preparado por años para hacer valer tus derechos en juicio y que, aunque la decisión de defenderte de tal o cual manera es totalmente tuya, el consejo y asesoría de tu abogado tiene que ser escuchado, es decir, él te sabrá decir las consecuencias de todas y cada una de tus actuaciones judiciales y ya dependerá de ti si aceptas o no dichas consecuencias.
Los días pasan y no se detienen, dicen que no hay fecha que no llegue ni plazo que no se cumpla y cuando hablamos de procedimientos jurisdiccionales, dicho refrán tiene absolutamente toda la razón.